España avanza en la transposición de la Directiva (UE) 2023/2668, que refuerza la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos derivados de la exposición al amianto. El proyecto de Real Decreto actualmente en tramitación introduce cambios relevantes en valores límite, mediciones, planes de trabajo, RERA, protección respiratoria y conservación documental.
Contexto: por qué se prepara una nueva norma sobre amianto
El amianto continúa siendo uno de los agentes cancerígenos de mayor relevancia en el ámbito laboral, especialmente en trabajos de retirada, mantenimiento, demolición, rehabilitación, gestión de residuos y actuaciones sobre materiales instalados antes de su prohibición.
La Unión Europea aprobó la Directiva (UE) 2023/2668, que modifica la Directiva 2009/148/CE, con el objetivo de reforzar la protección de las personas trabajadoras expuestas al amianto. En España, esta adaptación se articula mediante un proyecto de Real Decreto que establecerá nuevas disposiciones mínimas de seguridad y salud para trabajos con riesgo de exposición al amianto.
El enfoque del nuevo marco normativo es más exigente: menor valor límite ambiental, métodos de medición más sensibles, mayor control documental y técnico, y una regulación más detallada de empresas inscritas, planes de trabajo y equipos de protección.
Sustitución del actual RD 396/2006
El proyecto normativo no se limita a una modificación parcial del Real Decreto 396/2006. El planteamiento previsto es aprobar un nuevo Real Decreto que sustituya el marco actual y adapte la normativa española a las exigencias europeas.
Esto supondrá revisar procedimientos internos, modelos de planes de trabajo, criterios de evaluación higiénica, documentación RERA, formación, vigilancia de la salud y registros de exposición.
Nuevo valor límite de exposición profesional
Uno de los cambios de mayor impacto es la reducción del valor límite ambiental. El proyecto contempla un VLA-ED de 0,01 fibras/cm³, referido a una media ponderada para 8 horas.
Este valor supone una exigencia preventiva significativamente superior frente al criterio histórico de 0,1 fibras/cm³. En la práctica, obligará a extremar las medidas de control, la planificación de los trabajos, la eficacia de los confinamientos, la ventilación, los procedimientos de descontaminación y la selección de equipos de protección respiratoria.
Evolución hacia métodos de medición más sensibles
La futura regulación prevé una transición hacia métodos de medición basados en microscopía electrónica, al considerarse técnicas más sensibles para la identificación y recuento de fibras.
Durante el periodo transitorio, hasta el 20 de diciembre de 2029, se contempla la posibilidad de continuar utilizando el método MTA/MA-051 del INSST, basado en microscopía óptica de contraste de fases, o métodos equivalentes. Posteriormente, el sistema deberá orientarse hacia microscopía electrónica u otros métodos equivalentes que cumplan los requisitos establecidos.
Este cambio tendrá consecuencias prácticas para laboratorios, servicios de prevención, empresas RERA y entidades/empresas que realizan evaluaciones higiénicas, ya que obligará a revisar capacidades analíticas, límites de detección, criterios de representatividad y comparabilidad de resultados.
Mayor importancia de las mediciones personales
El proyecto refuerza la importancia de las mediciones personales como herramienta principal para valorar la exposición real de las personas trabajadoras. Las mediciones ambientales estáticas mantienen utilidad para controles complementarios, verificación de confinamientos, zonas de descontaminación o comprobaciones posteriores, pero no sustituyen la evaluación de exposición personal cuando esta sea necesaria.
Desde el punto de vista técnico, esto exige una planificación más rigurosa de las campañas de muestreo: selección del grupo de exposición similar, tareas representativas, duración de la muestra, condiciones reales de trabajo y trazabilidad del método analítico empleado.
Planes de trabajo: continuidad y mayor detalle preventivo
La obligación de elaborar un plan de trabajo antes del inicio de las actuaciones con riesgo de exposición al amianto se mantiene como eje central del sistema preventivo.
El plan deberá describir las actividades, procedimientos, medidas técnicas, equipos de protección, unidades de descontaminación, gestión de residuos, mediciones previstas, formación, vigilancia de la salud y recursos necesarios para ejecutar el trabajo con seguridad.
El proyecto mantiene la posibilidad de planes únicos de carácter general para determinados trabajos de menor entidad o actuaciones repetitivas, siempre que se justifique su aplicabilidad y se respeten las condiciones establecidas por la autoridad laboral competente.
RERA: inscripción, renovación y mayor control administrativo
El Registro de Empresas con Riesgo por Amianto, RERA, adquiere un papel más estructurado. El proyecto prevé que la inscripción tenga una validez temporal, renovable por periodos sucesivos, lo que implica que las empresas deberán mantener actualizada su documentación técnica, preventiva y organizativa.
También se prevé que las administraciones mantengan una lista pública de empresas inscritas que cuenten, al menos, con un plan de trabajo aprobado. Este punto puede incrementar la transparencia y facilitar la comprobación de empresas habilitadas para intervenir en trabajos con amianto.
Para las empresas ya inscritas, la futura entrada en vigor de la norma exigirá revisar los plazos de adaptación y renovación para evitar bajas registrales o incidencias administrativas.
Protección respiratoria y pruebas de ajuste
Otra novedad destacada es la exigencia de ensayos cuantitativos de ajuste facial en aquellos equipos de protección respiratoria cuya eficacia dependa del correcto ajuste a la cara de la persona trabajadora.
Esto supone avanzar desde una mera selección teórica del equipo hacia una verificación técnica de que el equipo ajusta correctamente a cada usuario. En trabajos con amianto, donde el control de la exposición debe ser especialmente estricto, esta medida puede resultar determinante para garantizar la eficacia real de la protección respiratoria.
Higiene, descontaminación y tiempos de aseo
El proyecto concreta la necesidad de garantizar tiempos específicos para el aseo personal dentro de la jornada laboral, antes de las comidas y antes de abandonar el trabajo.
Esta previsión refuerza la importancia de los procedimientos de descontaminación, la separación de ropa de trabajo y ropa de calle, la limpieza de equipos, la gestión de residuos y el control de la posible dispersión de fibras fuera de la zona de trabajo.
Conservación documental durante 40 años
La documentación relativa a evaluación y control ambiental, exposición individual, formación y vigilancia de la salud deberá conservarse durante largos periodos, con un mínimo previsto de 40 años tras la finalización de la exposición.
Esta obligación responde a la naturaleza diferida de las enfermedades asociadas al amianto, que pueden manifestarse muchos años después de la exposición. Por ello, la trazabilidad documental será un aspecto esencial de la gestión preventiva.
Qué deben hacer las empresas ante la nueva normativa
Aunque el texto definitivo debe esperar a su publicación oficial en el BOE, las empresas que puedan intervenir en trabajos con amianto deberían comenzar a revisar sus procedimientos preventivos.
Entre las actuaciones recomendables se encuentran: analizar la adecuación de los planes de trabajo, revisar la inscripción y documentación RERA, comprobar la formación específica, actualizar procedimientos de medición, verificar equipos de protección respiratoria, reforzar la gestión documental y revisar los criterios de vigilancia de la salud.
También será conveniente evaluar la capacidad de los laboratorios y servicios técnicos para adaptarse a los nuevos métodos de medición y a los niveles de detección requeridos por el nuevo escenario normativo.
Conclusión
La futura normativa sobre amianto representa un cambio relevante en la gestión preventiva de este agente cancerígeno. La reducción del valor límite, la transición hacia métodos analíticos más sensibles, la exigencia de mayor control documental y la renovación del marco RERA obligarán a empresas, servicios de prevención, laboratorios y promotores a anticiparse.
¿Que empresas deben de realizar una auditoria específica de Actividades de evaluación higiénica de Amianto ? Aquellas empresas RERA que realicen con medios propios, (normalmente a través de un trabajador designado) la realización de la evaluacion higienicas de exposicion de amianto mediante muestreo, para el cálculo de Indice de exposición a amianto del trabajador, asi como la determinación de indice de descontaminación.
¿Cada cuanto tiempo debo realizar una auditoria específica de actividades de evaluación higiénica de amianto? Se ha de realizar de forma bianual.
Fuentes normativas y documentación de referencia
- Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Ministerio de Trabajo y Economía Social. Trámite de participación pública, febrero de 2026.
- Memoria del Análisis de Impacto Normativo del proyecto de Real Decreto. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
- Directiva (UE) 2023/2668 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2009/148/CE sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo.
- Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, hasta su eventual sustitución por el nuevo Real Decreto.